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sinous sinous esta desconectado
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Originalmente publicado por carlos05510 Ver mensaje
Es la resolución del Ministerio de Fomento de diciembre 2009 que convoca los éxamenes de títulos la norma que eleva a definitivas las calificaciones provisionales al finalizar el plazo de reclamación.
En el caso de las calificaciones reclamas la situación es distinta. La resolución que adopte el tribunal en cada una de las reclamaciones es el acto administrativo sobre el que cabría recurso y por lo tanto eneste caso si podría entrar la figura del "silencio administrativo"
Carlos, no se si he entendido bien lo que quieres decir.

El tema de elevar a definitiva una resolución "provisional" no es un problema normativo, sino de dictado de un nuevo acto administrativo que consolide el anterior, ratificándolo (si se confirman sus términos) o modificándolo (si se aceptan las alegaciones de parte). Se requiere nuevo acto que determine las calificaciones definitivas y, aunque es un acto debido y regulado, no se produce automáticamente por transcurso del plazo previsto en la resolución de convocatoria. Resumiendo: no es la convocatoria de 2009 la que eleva a definitivas la calificaciones provisionales de manera automática, sino que se requiere un nuevo acto.

Las alegaciones/reclamaciones frente a calificaciones provisionales no dejan en situación de pendencia el procedimiento y se consideran contestadas cuando se establecen las calificaciones definitivas.

Como es un tema que puede tener relevancia a la hora de interponer recursos me parece importante que los afectados tengan claro que el acto recurrible es el de fijación de las notas definitivas, hayas realizado o no alegaciones. Es decir, si como nota definitiva te ratifican el suspenso, a pesar de haber hecho alegaciones, más vale que recurras en plazo y no esperes a que te contesten específicamente a la reclamación o intentes ampararte en un silencio administrativo que, por prescripción legal (artículo 43 Ley 30/1992) solo se produce en relación con la solicitudes de los administrados (no teniendo este carácter las reclamaciones frente a las notas provisionales).


Un saludo

Editado por sinous en 25-05-2010 a las 13:08.
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