Cita:
Originalmente publicado por otoio
Y ya lo único que queda, en su caso, es decir qué es "utilización".
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Gracias por tu aportación Otoio.
Referente a la definición de "utilización", planteé ese tema hace algun tiempo en una charla de expertos fiscales en el Salon Nautico sin obtener respuesta concluyente.
¿El utilizar implica ser el patrón de la embarcación en cuestión, o también la "utilizan" los invitados? Es decir, patrón no residente, con embarcación no abanderada en España, pero navegando en aguas españolas......si tiene a bordo un residente español como invitado (esa chica en bikini que toma el sol a proa...), le pueden obligar a abanderar?
