Gracias Nelson.
A mí lo que me mosquea es lo de "para su instalación a bordo". Eso me suena a que aparezcan en el certificado de navegabilidad. Así que aunque hable de comercialización en la práctica lo que están diciendo es: A partir del 31 de Diciembre los chalecos "viejos" que no estén reflejados en el CN no son válidos.
¿Alguna opinión con más criterio?
