Cita:
Originalmente publicado por willy_coyote
A ver. O sea, que yo , que ando de alquiler en alquiler y tiro por que me toca, ¿no puedo comprar un vhf portátil y llevarlo conmigo?.
ajaaaa. Si, efectivamente, si.
[No estarán obligados a disponer de licencia los
buques que dispongan solo de equipos radiotelefónicos
portátiles de ondas métricas cuyo uso se destine exclusivamente
a servicios de emergencias marítimas.
Tampoco se incluirán en la licencia equipos emisores
tales como radares,...]
viene en http://www.boe.es/boe/dias/2006/11/0...906-37944.pdf=
llegué allí desde
http://www.arrakis.es/~zamoul/Leg_A.html
ya no me acordaba de esta página, que es una auténtica mina de info legal.
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Tal como se lee, si te paran y les dices que el portátil es solo para seguridad o emergencia marítima, ni licencia ni mandangas
Esto es lo que se puede leer en ese boe. veremos que pasa con los de la benemérita en su momento, por supuesto que el portatil ni lo enseño.
Yo por lo pronto estoy legalizando una radio con DSC, por medio de un instalador homologado, os contaré al final cuanto me han soplado.
Y por lo que veo tendré que pedir la licencia de estación, se lo preguntaré al instalador