Cita:
Originalmente publicado por ignius
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Hola Ignius.
Cualquier trabajador contratado a bordo de una embarcaciónb está en el REGIMEN ESPECIAL DEL MAR, no en el general.
Los coeficientes reductores, dependiendo en el tipo de barco que navegues, sirven para la edad de jubilación, no para tiempo embarcado para cobrar el paro.
http://www.seg-social.es/Internet_1/...2840/index.htm
Saludos.