
17-06-2010, 12:29
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Arpoilari
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Re: reglamentación de la pesca deportiva
Cita:
Originalmente publicado por outpit
Os copio los enlaces a la normativa:
http://recreativos.marm.es/documentos/A08555-08559.PDF
http://recreativos.marm.es/documentos/A22366-22368.PDF
http://recreativos.marm.es/documentos/A27023-27024.PDF
Supongo que será la normativa que está en vigor, por lo menos lo tienen colgado en la página como tal.
Al parecer, corregidme si me equivoco, en el Mediterráneo sí que está permitida la pesca deportiva del atún rojo:
Se modifica el artículo 4 añadiéndose una letra
al apartado 3 y un nuevo apartado 4:
«3.c) En el caso de la pesca de atún rojo en el
Mediterráneo los límites de captura se establecen en:
Una pieza por licencia y día hasta un máximo
de tres por barco para ejemplares superiores a 80
kilogramos de peso medio.
Dos piezas por licencia y día hasta un máximo
de seis por barco para ejemplares de peso medio
entre 30 y 80 kilogramos.
Cuatro piezas por licencia y día hasta un máximo
de 12 por barco para ejemplares de peso medio
entre la talla mínima autorizada y los 30 kilogramos.
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pues si es asi muy mal , en aguas exteriores tendria que ser la misma ley para todos ( al menos para todos los deportivos y en el mismo pais).
Que tienen los del mediterraneo que no tendamos nosotros ????
y si es al reves lo mismo  .
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