Hola,
He abanderado mi Avon Seasport Jet 320 SC DL despachada en Zona 6.
El motor es intraborda de transmisión jet, y al verificar la documentación me doy cuenta que el "Inventario de Equipo" menciona que soy obligado a tener a bordo una caña de timón de emergência.
Efectivamente la ley menciona:
"Artículo 13. Material de armamento diverso.
1. Toda embarcación de recreo deberá llevar a bordo el siguiente material de armamento:
a) Una caña de timón de emergencia en embarcaciones de vela y en las de un solo motor si el gobierno es a distancia, excepto si el motor es fueraborda o de transmisión en z."
Que es esto? como se utiliza? donde la puedo comprar?
Con todo el equipo obligatorio a bordo creo que no voy a tener sitio para mi...