Re: Certificado de navegabilidad...duda?
Buenas tardes:
La fecha válida es la de la revisión, esto no quiere decir que la del certificado no lo sea, pero los certificados se pueden renovar por diversas razones, por ejemplo incorporar electrónica, y al no llevar aparejada la inspección completa de la embarcación no modifican la fecha en que le toca la misma.
En principio (salvo nuevas normativas) funciona como la ITV, es decir: no hay sanción, puesto que tú la solicitas a un inspector de forma voluntaria, no por habersete incoado un expediente.
Saludos
Perdón: lo segundo va por la última pregunta
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