Aplicando la ley, no es preciso acreditar nada más que el hecho de que el barco está matriculado en lista 7ª, pues por definición legal (artículo 4 g del RD 1027/1989):
"...
En la lista séptima, se registrarán las embarcaciones de construcción nacional o debidamente importadas, de cualquier tipo y cuyo uso exclusivo sea la práctica del deporte sin propósito lucrativo o la pesca no profesional.
..."
Por la misma regla de tres, si te vas a esquiar, tendrían que exigirte estar federado para aplicarte el IVA reducido que se aplica al alquiler de esquíes, raquetas, pistas de tenis, de padel, etc....
Otra cosa es que, como ocurre en algunos campos de golf, te exigan estar federado pero no a efectos de IVA sino para que te dé cobretura el seguro de responsabilidad civil... y eso en la navegación ya ocurre al exigir, por ejemplo, que para participar en regatas todos los tripulantes estén federados.



salud!!!