Tengo entendido que los motores por debajo de los 4 cv no se registran, o sea que una embarcacion de menos de 2,50, con un motor de menos de 4 cv no hace falta ningún tipo de registro ni titulación, pero como las leyes sobre registros y titulaciones han cambiado hace poco, no se realmente como han quedado. Sería bueno que alguno de los pesos pesados de este foro se pronuncie al respecto, o simplemente llames a tu capitanía y preguntes. Los datos que te doy los he sacado de esta página, no se si aún estan vigentes .El link:
http://www.google.es/imgres?imgurl=h...26tbs%3Disch:1