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Antiguo 21-07-2010, 16:59
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El Jaco El Jaco esta desconectado
Piratilla
 
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Predeterminado Intento comprender las leyes de los Titulos Espanoles

Buenas tardes a todas y a todos.
De primero una ronda bien fresquita que hace calor....
De segundo, perdoname de exponer aqui mi caso pero de verdad soy un poco perdido para no decir totalmente en este tema de Titulos Nauticos.
Soy Frances, residente de la CEE aqui en Espana con el NIE corespondiente.
Con las repuestas echas por los miembros de esta maravillosa Taberna, que aun agradezco aqui, a mi pregunta del 19 Julio 2010, he comprendido perfectamente que para navegar en Espana, como estoy residente aqui debo tener un titulo Espanol.
Que occure ? Tengo el Titulo Frances que se llamaba '' A '' y que ahora se llama '' Permis Mer Cotier ". No lo he ni comprado ni otra cosa rara, cuando lo paso habia dos examinadores juntos uno de la Aduana Francesa y uno de la Gendarmerie Francaise = mas o menos Guardia Civil Espanol, asi que nada de historias cualquieras y me recuerdo que este dia una error en theoria y/o en practica y a la calle......
Eso dicho la problema que tengo es que si entiendo mas o menos el Catellano hay un monton de palabras technicas nauticas que incluso sabiendo contestar y/o resolver las problemas me voy a equivocar seguro y ademas como estoy en Cataluna si el examen es en Catalan mas vale que me olvido de poder navigar.
Por otra parte he leido el BOE que reproduzco abajo :

Orden de 17 de junio de 1997, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE de 03.07.97). Se determinan los títulos de recreo, los criterios generales y las condiciones básicas de obtención de los mismos, así como los programas de examen.
Artículo 12
. Titulados de la Unión Europea.
La Dirección General de la Marina Mercante podrá autorizar, para el gobierno de embarcaciones
de recreo de pabellón español, a aquellas personas que, sin haber obtenido un título nacional,
acrediten hallarse en posesión de un título análogo obtenido en un Estado de la Unión Europea, en
función de los requisitos necesarios para su obtención.


Estoy totalmente de acuerdo que para la DGMM no es una obligacion de autorizar y que la DGMM puede denegar esta autorizacion, pero despues de leer esto he llamado a varias Capitanias y a varias escuelas homologadas que me han contestado lo que sigue y que encontro un poco raro:
Hay que pasar el examen para tener el titulo Espanol y no hay ningun tipo de convalidacion.
Si que sin problema pagando unos gastos de tramite y gestion y impuestos( lo que es normal ) tendre el Titulo PNB oficial por convalidacion de mi titulo Frances.
Si que sin problema tendre el Titulo PER oficial por convalidacion pagando tramite, impuestos etc...
Que le parece a vosotros ??? Ir al Cuartel de la Guardia Civil en Gerona y preguntar aqui directamente no seria una buena idea ???
No se que pensar con estas repuestas contrarias. Ojo no quiero una favor ni nada de eso pero con las probemas de lenguaje de una parte y si haciendo eso de forma totalmente legal me puedo ahorar unas euros no seria mal.
Le pido disculpas para las errores de Castellano que seguro he hecho y espero que sus repuestas me pueden aclarar.
Muchas gracias por adelante y una ronda mas.
El Jaco
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