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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Examen Julio 2010 Elche

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Originalmente publicado por tirikitraun Ver mensaje

RESOLUCIÓN de 9 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se aprueba la convocatoria ordinaria de exámenes teóricos para la obtención de títulos náutico-deportivos para el año 2010.


...


Décima. Resultados de los exámenes

10.1. Finalizados los exámenes, los candidatos dispondrán de 5 días hábiles contados a partir del día del examen para presentar alegaciones sobre las preguntas del examen. Resueltas éstas alegaciones se realizará la corrección de los exámenes por el tribunal, los resultados se publicarán en el tablón de anuncios de las dependencias de la Dirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas en Alicante, así como en la página web de la Generalitat (www.cit.gva.es/actividadesnauticas), de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.

10.2. Los candidatos examinados dispondrán de 5 días hábiles contados a partir del día en que se hagan públicos los listados de la convocatoria de la que se trate, para solicitar la revisión de su examen por el tribunal.

10.3. Las reclamaciones a las que se refieren los apartados anteriores, se realizarán por la persona que ha realizado el examen, será dirigida al presidente del tribunal y enviada donde establece la base 3.2. En ésta solicitud se hará constar el nombre y apellidos de la persona que ha realizado el examen, su DNI, dirección y número de teléfono/fax, examen y/o asignatura de la que se trate, y fecha de la convocatoria.

10.4. Contra los resultados de la revisión de exámenes y alegaciones podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a tenor de lo establecido en el artículo 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el secretario autonómico de Infraestructuras y Transporte.

10.5. Atendidas y resueltas las alegaciones y revisiones de exámenes, el tribunal elaborará las actas definitivas.
DE TODAS FORMAS LOS QUE HAYÁIS SUSPENDIDO POR ESAS PREGUNTAS PODÉIS PEDIR LA REVISIÓN Y DESPUÉS REALIZAR RECURSO DE ALZADA, aunque no hubieseis realizado alegaciones a las preguntas, lo podéis conseguir, dado que lo que impugnáis no es la pregunta sino la respuesta que el tribunal da como válida, por lo que como he dicho si vuestro aprobado depende de la 54, 62, 70 y 72 yo no lo pensaría........ a por ellos que son pocos y cobardes !!!!
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