Cita:
Originalmente publicado por Drago
Hola Lawboat
¿Quieres decir que este procedimiento no es válido en el caso de que la arrendadora es una Empresa Pública, como es el caso de la APPA?
Saludos.
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Leyendo con detenimiento las resoluciones de la DGT sobre este tema, yo entiendo que al tratarse de entidades de derecho público deberían de aplicar la exención total del IVA. Claro que yo no soy un experto en derecho tributario...



salud!!!