Cita:
Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen
Si sólo lo utilizas para regatas, con el número de vela es suficiente. No precisa matrícula (independientemente de la eslora).
El inconveniente: sólo lo puedes utilizar para regatas o para trasladarte hasta una competición, sinó la GC te puede sancionar. Otro inconveniente: estos barcos suelen venderse a precio menor que uno matriculado... (el comprador descuenta lo que le costará matricularlo).
En cualquier otro caso, de momento, si tiene más de 2,5 mts. precisa matrícula.
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Esto es verdad pero tienes que tener un despacho de capitanía que dice que tu barco está autorizado a navegar en regatas. Piensa que sin el no tienes cobertura legal. Cualquiera le diría a la GC "voy de camino a la regata del sol" y quién te dice que no...
Yo he visto ese papelito en barcos de regatas. Además la matrícula y el despacho son cosas distintas. Esto de no matricular para regatas se hace para ahorrarse el impuesto de matriculación legalmente. Pero si tienes menos de 8 metros da igual, matriculas y te quitas de problemas. Igualmente has de despachar.
