Cita:
Originalmente publicado por LP706
Hola a todos:
Me dicen que la Dirección General de Tributos ha contestado la consulta de APPA sobre la aplicación del tipo reducido y que la respuesta es: que NO es aplicable a nuestros amarres.
Cuando conozcamos el texto de la respuesta, habrá que analizarlo, hacienda no siempre tiene razón, aunque si la fuerza para aplicar su criterio.
Saludos y paciencia.
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Habrá que esperar a verla ... pero es que los clubes de interés social y las entidades de derecho público tendrían que aplicar el IVA al 0%, no al 7 ni al 8 .... según la propia DGT....



salud!!!