Hola Avante. Si se trata de un velero, ten en cuenta el requisito que obliga por Ley nuestra queridísima DG Marina Mercante:
"En veleros adscritos a las Zonas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, al menos una bomba será manual y fija, operable desde la bañera con todas las escotillas y accesos al interior cerrados".
Aunque luego las ITB hacen lo que quieren. Yo la tengo colocada en el interior junto a la tapa del motor (es decir, si cierro las tablas del tambucho desde la bañera no tengo acceso a ella), pero me pasó sin problemas la ITB.
Saludos.