Re: ¿Donde viene establecido que estemos obligados a matricular en España?
Creo está claro que en este hilo, despues de verser los texto legales y lo que ponen, ya no se habla de si hay o no hay que matricular. Evidentemente quien compra algo lo tienen que matricular en algún sitio.
Creo que de lo que se está tratando es de dos cosas muy importantes, pero diferentes:
1/ Si es correcto o no? exigir el cambio de bandera y matricula a la española (lo que conlleva el pago del impuesto) a alguien que trae sus vehículos en propiedad, ya adquiridos en el pasado, cuando cambia su residencia fiscal a nuestro país.
2/ Si es correcto o no? exigir que el barco tenga matrícula española cuando un no residente se lo deje usar a un residente, gratuitamente (sin estar el propietario a bordo).
En mi caso, la nueva pregunta es: ¿Puedo yo usar?, o mejor dicho, ¿donde pone, en que Ley o Real Decreto, que para yo poder usar gratuitamente el yate de mi tío (el residente en UK, el barco con bandera UK, y con base en puerto Español desde donde comienza sus viajes Mediterráneos) deba matricularse este barco en España si me lo deja usar cuando no está en España GRATUITAMENTE? ¿Qué leyes españolas infrijo yo si uso en territorio español, ocasionalmente, un vehículo que no es de mi propiedad gratuitamente, con matrícula y bandera no española, que no es de mi propiedad, que no he adquirdio ni voy a adquirir?
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