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Antiguo 20-08-2010, 13:37
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Hermano de la costa
 
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Predeterminado Re: comprar amarre, antes o después de 2018??

Cita:
Originalmente publicado por El Bujías Ver mensaje
A mi me vinieron a decir que no se sabe, que pueden pasar 3 cosas:

1) que renueves concesión sin cargo (poco probable, dados los recortes presupuestarios del estado y la CCAA),

2) que renueves concesión pagando un precio razonable (pre-especulativo),

3) que pierdas la concesión por decidir la comunidad autónoma pasar a régimen de alquiler "tu amarre".
Muchas gracias por esta clara explicación. Yo coincido contigo en las 3 posibles respuestas al final de una concesión.

De hecho yo cuando compré mi amarre hace ahora 2 años (finaliza la concesión en 2030), hice los cálculos correspondientes teniendo en cuenta la opción más realista, en mi opinión 2 (precio pre-especulativo), teniendo en cuenta que el propietario del puerto es un Ayuntamiento, y no creo que la CCAA correspondiente le dejase re-vender los amarres a precio especulativo de mercado (2 o 3 veces su valor).

Añado que las explicaciones que me dieron (nada confirmado obviamente), con respecto a la opción 2, son que el precio que tendrías que pagar por la renovación de la concesión, tendría que estar directamente ligado a las nuevas inversiones / mantenimiento que la nueva empresa concesionaria hubiera incluido en su proyecto.

Es decir, si en mi puerto por ejemplo en el 2030 (fecha de renovación), la nueva empresa concesionaria que ha ganado el concurso, le da por hacer una super inversion (ampliación, nuevas naves, renovación de amarres, etc), entonces tendría derecho a repercutir dicho coste a los que tenemos amarre, pero por el contrario si no hay una inversión justificada, no podrían repercutir un sobre coste sobre los que tenemos el amarre en concesión.

En realidad cuando adquieres la concesión de un amarre, estás pagando obviamente los costes de la construcción del propio puerto mas un correspondiente margen, y por tanto una vez que el puerto ya está construido, la empresa que lo gestiona no puede trasladar a los que tienen amarre el mismo coste que cuando lo compraron incialmente, salvo que realice una inversión en el puerto equivalente.

Tengo entendido que en el concurso público que hace la correspondiente CCAA para conceder un puerto a una empresa, ya viene fijado los precios de los amarres.

Es decir la CCAA lanza un pliego de condiciones para que las empresas interesadas pujen por la construcción y concesión de un puerto determinado. En dicho pliego de condiciones la CCAA ya fija los precios de venta de los amarres, y es cuestión de que cada empresa haga sus numeros para ver si les interesa o no construir el puerto con dichos precios de venta.

Otra cosa distinta son los precios de los particulares una vez han adquirido la plaza, los cuales son libres y especulativos obviamente.

Para evitar esto, hoy en día hay puertos que solo venden plazas de amarre si tienes barco. Es decir se acabó eso de comprar 20 plazas de amarre de golpe, puedes hacerlo, pero entonces tienes que presentar que tienes 20 barcos registrados a tu nombre.

Saludos

Editado por woqr en 20-08-2010 a las 13:52.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a woqr
El Bujías (25-08-2010)