Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?
Con esto del Estado de las Autonomías, lo de las licencias de pesca (y muchas cosas más) es como los Reinos de Taifas, cada uno va por un lado y dice una cosa.
Pero, por lo que dice la Ley y el Reglamento de Pesca,
EN CANARIAS:
Para la pesca desde tierra:
Por cada licencia, se permiten dos (2) aparejos, caña o línea situados a un máximo de 3 m. uno del otro. Tres anzuelos cada uno. (Art. 39 Reglamento)
Para la pesca desde embarcación:
No dice nada, así que me temo que sólo se permite un (1) aparejo, caña o línea por licencia. No dice nada del número de anzuelos, así que no debe haber límite.
Para la pesca al curricán (obvio que desde embarcación):
No dice nada, así que me temo que sólo se permite un (1) aparejo, caña o línea por licencia.
Si alguien puede fundamentar (mencionar artículo/s) algo difetente, que lo diga. Por favor.
Un saludo.
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