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Antiguo 30-08-2010, 05:17
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Llangosto Llangosto esta desconectado
Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Cuantas cañas // anzuelos por licencia a bordo?

No entiendo el problema por ningún lado, Sachi.

Cada cual sigue pescando en su tierra, donde siempre, en los caladeros de cerca de su puerto, o de lejos si quieres, pero seguiras yendo donde siempre has pescado y donde siempre vas a pescar. Y donde se supones que sabes lo que has de pescar y de que manera has de hacerlo.

Y vas a hacer lo mismo que haces cada día que vas a pescar.

Lo único que vas a hacer diferente es ir a buscar la licencia de pesca a la comunidad que te lo ofrezca mas barato y donde tengas acceso de manera sencilla para tramitar dicha licencia. Suponiendo que creas que es legal ir asi, en mi caso sí que lo creo (aunque no lo postulo porque no soy experto en ello y siempre creo que hay posibilidades de equivocarme) porque en cada comunidad se aceptan las licencias de pesca de las otras comunidades, en el ámbito de la mar.

A mi que mas me da saber o no saber como se ha ampliado la ley estatal por parte de la comunidad de Valencia o de Asturias, suponiendo que tenga competencias en ello y las hayan modificado. Repito, yo sigo pescando en mi casa como siempre y aunque tenga una licencia valenciana o asturiana pescando en Catalunya, en Catalunya seguiran vigentes las leyes de Catalunya y yo me voy a atender a ellas vaya con la licencia que vaya pues son las que me he de conocer.

A mi me interesará conocer las modificaciones que ha hecho una determinada comunidad solamente si voy a pescar a esa comunidad, lleve yo la licencia de pesca de la comunidad que sea. Ahí sí que me interesa conocer lo que se cuece en el nuevo territorio que me es desconocido.

Es que no entiendo porque decis lo que decis.

En el caso de la ley general de pesca del estado, lo saque para responder a una persona de Canarias que interpretaba que en su comunidad solamente le dejaban pescar con una caña por pescador y yo le comenté que en la ley general del estado dice que cada pescador puede llevar dos cañas con un máximo de dos anzuelos.

En este caso entiendo que sí que la comunidad podría restringir la ley y decir que ahí se debe pescar con una caña por pescador, ya que aún está defendiendo mas al pescado. Lo que no podría hacer esa comunidad es decir que en su territorio se puede pescar con cuatro cañas por pescador porque ahí está perjudicando mas al pescado ya que está ablandando mas la ley general del estado para defender al pescado.

Resumiendo: las autonomias, entiendo, que pueden endurecer mas las leyes pero no las pueden ablandar mas que las de ámbito estatal.

Repito, es que no entiendo el problema. A lo mejor vosotros lo veis y yo soy mas duro que el alcoyano y me cuesta de llegar a ver ese problema. Espero que si es así tengais paciencia conmigo y continueis insistiendo hasta que lo pille. No os corteis.


Saludos,
Llan

PD: He encontrado una comunidad que entiendo que se puede tramitar por correo y vale 7,26 E por 5 años para tierra y embarcación. En la mia vale 45E por 4 años. ¿Vale la pena hacerlo?

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Que podamos hacer el máximo de cosas que nos guste, y que podamos tomarnos unas copichuelas, juntos, donde yo me ría de mi y tu de ti, y al final nos riamos el uno del otro porque hayamos llegado a la conclusión que nadie es mas que otro y que nadie es nada, y que todo lo implantado para que se rompa esta conclusión es una farsa, y si creemos en la felicidad ajena y nos alegramos que los demas sean felices, cada cual a su manera, seremos personas.

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Editado por Llangosto en 30-08-2010 a las 05:37.
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