Originalmente publicado por FERRnau
No quería entrar en esta discusión. Pero mi completo apoyo al cofrade Kenobi. No se trata aquí de relaciones calidad-precio.
Se trata de que una persona compró un barco diseñado y construido para poder afrontar unos tipos de navegaciones y condiciones severas de mar (que puede o no puede encontrarse en su vida útil).
A esa persona se le entregó un barco con unos defectos (grietas, deformaciones, flexiones, cubierta débil, mobiliario desplazado o desencajado, etc.) que varios peritos han determinado en base a varios peritajes (imagino que algunos de parte y como mínimo uno judicial que es el imparcial) que estos defectos son provocados por un fallo estructural por unos defectuosos controles durante la construcción (pone la sentencia).
Los jueces dan por probados la existencia de estas grietas, deformaciones, flexiones, cubierta débil, mobiliario desplazado o desencajado, etc.
Yo si compro una casa, una rulot, un barco o lo que sea. Quiero que el nuevo producto que me entreguen esté en correctas condiciones, es decir, sin grietas, sin deformaciones, sin mobiliario desplazado o desencajado, sin otros defectos.
Pero también quiero que se compruebe si esos defectos son una simple cuestión estética, una cuestión de malos acabados, o si hay algo más. Cuando se compra algo nuevo es para poder disfrutarlo durante años sin ningún problemas (siempre que se le haga el correcto mantenimiento).
Imaginaros que compráis una casa de nueva construcción y aparecen unas grietas. Las causas pueden ser múltiples. Imaginar que la causa real es un fallo en la construcción de la propia estructura principal y lo que esta mal son los cimientos. Que esa casa aunque me den una reparación inicial al principio rápida, como el mal es mayor y la causa es otra más allá de los acabados, pues el mal se reproducirá, incluso quien sabe si en ciertas condiciones no estará en peligro la integridad de mi vivienda nueva.
Si cuando reclamo no me asesoro bien, o quien me la vendió pasa de atenderme correctamente, pues puede que me hagan un parche y con el tiempo me tenga que tragar los problemas (que originarán peores causas y de más cara reparación (si la hay)).
En este caso la sentencia habla de que reparar los defectos detectados es prácticamente inviable, o en cualquier caso más caros que construir una nueva. Entonces, ¿Como pueden en estas condiciones tener esa unidad a la venta?
Lo que no es de recibo, es que si, por ejemplo declamaran mi vivienda con inhábil y me indemnizan con otra nueva, la anterior intenten colocársela como si no hubiera pasado nada a otra persona.
¿Verdad que con la compra de una nueva vivienda si aparecen grietas u otros problemas graves no importa para nada quien es la constructora?
Pues aquí lo mismo. Una llevara teca, otra madera de abedul, otra molduras a mano, otra parecerá más de interiores IKEA; una será epoxi, otra vinílica, otra en sándwich, otras laminada a mano, otras con infusión, otras con . . . Una será del diseñador “X”, otras diseño del propio astillero, otras diseño de alguien sin renombre, . . . Y así con miles de detalles.
Igual que las casas. Pero independientemente de todo hay unos mínimos que cumplir.
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