Cita:
Originalmente publicado por vertijean
en francia , aqui el problema es que aduana de españa se subio a un barco de otra nacion ... 
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A ver, cofrade vertijean, no saquemos "punta a una bola"

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ese "barco de otra nación" está en "casa ajena" (en virtud del "derecho de paso inocente" (según aprendemos en esos cursos tan denostados por algunos))
Es decir: puedes pasar por mi casa siempre que "te portes bien". Pero este "puedes pasar" no quiere decir que yo renuncie a mi casa (mi jurisdicción). Así que me reservo el derecho de comprobar "que todo está bien" (además, es mi deber para con mi sociedad). Claro, ejercitar ese derecho está también reglamentado (orden judicial, sospecha fundada, etc.). Esto es más o menos así en todos los países miembros del IMO (hasta donde yo tengo entendido, que no soy especialista en la materia).
Y, además, tenemos, como ciudadanos, la obligación de cooperar con la Autoridad...
Sería muy interesante seguir la discusión (por lo didáctico del tema...)
Saludos