Cita:
Originalmente publicado por wiper
Me juro que no vuelvo a abrir la boca porque es repetirse y eso cansa al mismisimo Job.
Venga rondas para todos y dejo esto porque hay otras cosas que hacer.   
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El barco es un domicilio
Esta vez espero que haya quedado claro

..y mirad lo que dice JUAN CARLOS I:
Cita:
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley Orgánica:
Se regulan, asimismo, las condiciones y términos en que, conforme a lo permitido por la Constitución y las leyes, podrá prescindirse del mandamiento judicial para penetrar en domicilios, en lo que se refiere a las tareas de persecución de fenómenos delictivos tan preocupantes para la seguridad de los ciudadanos como son los relacionados con el narcotráfico.
Artículo 21.
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El resto puedes leerlo en el Post 55 donde puse la ley completa.
..y dándome por aludido en:
Cita:
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A todos los que la presente vieren y entendieren,
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, aunque quizás no debiera

, entiendo que ne determinadas circunstancias las fuerzas del orden pueden entrar en tu domicilio. A posteriori, si haces una denuncia, el Juez determinará la procedencia o no de tal acción. Si ganas empuran a los polis y si pierdes ta toca pagar las costas

Job.



