Re: Compra de embarcación de segunda mano en Península y traslado a Canarias
Me llamo Francisco y hace tiempo que soy un asiduo de la taberna del Puerto.
Hoy al leer algunos de los temas de los foros me encontré con una participación suya en uno de ellos en la que señalaba que compró una embarcación en Valencia y la trajo hasta Tenerife.
Por eso le envío este mensaje para ver si puede ayudarme a solventar algunas dudas que tengo ya que actualmente barajo la posibilidad de comprar un velero en la Península.
Podría indicarme si es cierto que al traerlo hay que pagar cierto impuesto de importación que oscila entre el 9% y el 13%, independientemente de si se ha pagado el IVA, y del 4% del ITP.
Le agradezco cualquier información que me pueda dar al respecto.
Atentamente.
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Hola Francisco:
Pues sí. Lamentablemente es así.
Cuando yo me enteré ya había pagado la señal para la compra del barco, así que no me podía echar para atrás.
Al menos tú te estás enterando antes y aún puedes tomar una decisión.
Se pagan ambos impuestos:
* El 4% en concepto de ITP
* El 9% ó 13% en concepto de IGIC por importación. El 9% si tiene menos de 9 m. de eslora y el 13% si tiene más de 9 m. de eslora. Esto es independiente de que el anterior propietario haya pagado el IVA o no.
La única forma de evitar pagar el 9%-13% de IGIC es:
* Si en el momento de traer el barco a Canarias llevas al menos 4 años residiendo en la Península y trasladas tu domicilio a Canarias (demostrado con Certificado de Empadronamiento, etc....)
Sí, ya sé lo que estás pensando. Lo mismo que pensé yo cuando me enteré. Que esto es una putada y una injusticia. Pero así es.
Como le dije yo a la funcionaria de la Consejería de Hacienda, si es un Valenciano el que compra el barco en Canarias y lo lleva a la Península, entonces no paga. Pero al revés, sí. ¿Justo no?
Bueno, si quieres saber alguna cosa más, no dudes en preguntarme.
Un saludo,
Eduardo
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