Ver mensaje
  #10  
Antiguo 11-09-2010, 20:54
Avatar de yulxxx
yulxxx yulxxx esta desconectado
Capitán pirata
 
Registrado: 28-11-2007
Edad: 58
Mensajes: 573
Agradecimientos que ha otorgado: 228
Recibió 156 Agradecimientos en 53 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: ¿Donde viene establecido que estemos obligados a matricular en España?

Cita:
Originalmente publicado por Jangada Ver mensaje
Yo, cofrade PROALMAR, no acabo de ver la relación entre una victoria deportiva española y al abanderamiento de una embarcación de recreo. Que no lo vea, por supuesto, no quiere decir, que en el ambito de la autonomía de la voluntad, no pueda ser el funadamento que uno utiliza para tal decisión administratriva de abanderamiento de su propuia embarcación, oiga!
Tampoco creo que los funcionarios nos tomen el pelo, más bien creo que la existencia de un sistema jurídico aplicable a la náutica deportiva obsoleto y perverso, se debe a la ineficiencia del legislador, es decir, los políticos. El funcionario al servicio del público (funcionario público) en general, con excepciones que confirman la regla, cumple su cometido por encima de la retribución que percibe.

Sobre las afirmaciones del funcionario al que aludes, decirte que son erróneas. La normativa europea de directa aplicación en los países miembros son los reglamentos. Ningún reglamento sobre náutica de recreo, en tal sentido, ha sido publicado.
Las dierctivas, son normas dirigidas a los estados miembros que deben ser aplicadas, según la propia normativa interna del estado miembro. De momento, lamentablemente, no se ha instrumentado en nuestro estado, normativa alguna procedente de una directiva, referente al abanderamiento. De momento hay que estar a lo dispuesto en el Real Decreto 544/2007, de 27 de abril, por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en la Lista séptima del Registro de matrícula de buques.
Que yo sepa, el nuevo Real decreto sobre abanderamiento que ha sido objeto de debate en este foro, todavía no se ha convertido en disposición normativa.
Así las cosas, puedo decirte que tu informante está confundido.

unas caipirinhas
Coincido contigo cofrade... y al que tenga dudas de donde sale la obligacion, que mire mi post numero 23 en este hilo... que son sentencias bastante claras y oficiales... no comentarios de funcionarios.
De cualquier modo, la lógica manda. No es el derecho a matricular en la UE lo que nos preocupa (nunca hemos sido tan "europeistas" los Españoles), sino el tener que pasar por el aro por las consecuencias que implica el abanderamiento en España.
Recordad que el "estado" es omnipotente y realmente puede hacer lo que le de la gana con aquellos que residan en su territorio (sea justo o no).
En estos temas la picaresca nacional intenta revolverse (lógico).. o si no recordad la ventaja de tener un coche con matrícula de otra ciudad hace baastantes años, antes de que los ordenadores conectaran todo. Si tenías un coche con matrícula de Ceuta o Melilla en la pebínsula, te zafabas de todos los impuestos de circulación... cosa similar se desea que ocurra con los barcos... pero ..ay amigo !!! que aquí está Billgates para hacerte la puñeta.. y los gobiernos han aprendido rápido a cómo sacarte los cuartos !!
__________________
TASHI DELEK !!