Cita:
Originalmente publicado por serg
Tienes razon cañoto!! acabo de leer el BOE del 28 de abril de 2003 y especifica que para embarcaciones de recreo," para navegaciones en zona 1 y 2 contaran como minimo con un botiquin tipo C que sera completado en funcion de la duracion del viaje,de los parajes frecuentados y del numero de tripulantes"
Por lo cual para los botiquines de clase A y B no son obligatorios en embarcaciones de recreo, que van a ser para las que estemos facultados a comandar! En fin a ver si podemos aclararnos porque si basta con el inicial es un alivio!
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claro que demomento con el inicial basta.de echo yo me quise apuntar para el avanzado y como mi titulo es de maquinas no me dejaron por que de momento es solo para los de puente.