Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
buenas de nuevo cófrades! y gracias de nuevo por vuestro interés...
Entonces, si columbretes es costa española, allí estás dentro de zona 4, pues la carta de sanción dice: zona 4 hasta 12 millas de la costa ó puerto de abrigo....Otra cosa es que te paren de camino no?
No sé, supongo que la multa irá para adelante igualmente, pero por lo menos,......suplico que sean clementes.... que la cosa está mu achuchá...
Gracias y saludos.
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