Cita:
Originalmente publicado por flog
Efectivamente Riskfactor pienso como tú! yo realmente estoy a 50 metros de la costa (menos de 12 millas), en una boya en columbretes, si esto se considera costa española.
Otra cosa es que en los radares, o elementos de vigilancia de Marina Mercante, figure la trayectoria seguida y sea fácil probar que llegué allí navegando. Pero esto ya es cuestión de recurso.
Pero en este caso, por qué otros cófrades en el foro han tenido problemas con zona 3 llendo desde burriana?, pues 25+25 les daría sobradamente para llegar a columbretes, y parece que de esta manera, Marina no considere costa española....
En fin sea lo que sea lo que pase, el caso es que podré recurrir con astucias, pero a priory pensé que no infringía pensando que estaba a 26 millas de Oropesa. (mejor dicho infringía pero por 2 millas, que suponía no era problema).
Pero estoy de acuerdo con lo que planteas Riskfactor.
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Buenas noches, os dejo lo que he encontrado sobre la definición de costa en bibliografia nautica, concretamente en la
Convención de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar
Artículo 5
Línea de base normal
Salvo disposición en contrario de esta Convención, la línea de base
normal para medir la anchura del mar territorial es la línea de bajamar a
lo largo de la costa, tal como aparece marcada mediante el signo apropiado
en cartas a gran escala reconocidas oficialmente por el Estado ribereño.
Artículo 6
Arrecifes
En el caso de islas situadas en atolones o de islas bordeadas por
arrecifes, la línea de base para medir la anchura del mar territorial es la
línea de bajamar del lado del arrecife que da al mar, tal como aparece
marcada mediante el signo apropiado en cartas reconocidas oficialmente
por el Estado ribereño.
Parece que se desprende de estos articulos que que la linea de costa va asociada a las lineas de base rectas marcadas en las cartas oficiales publicadas por el pais rivereño .
Saludos