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Antiguo 29-09-2010, 12:41
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: Multa de 62.813€ para una empresa que alquila barcos

Rasra, creo que nadie ha defendido que no se paguen los impuestos, pero ya que estamos, y a título personal, te diré lo que pienso:

A) Mientras la legislación esté como está, hay que fastidiarse.

B) No entiendo por qué la exención en el tema del impuesto de matriculación no incluye la posibilidad de autocontratar o derealizar contratos con personas vinculadas hasta un cierto porcentaje o número definido de usos por años.

C) Me parece alucinante que si uno tiene un solo barco en lista 6ª presuman que se trata de fraude de ley ... ¿acaso no se les ha ocurrido pensar que uno puede no tener capital suficiente para montar una empresa de charter con una flota completa desde el principio?

D) Tal como están las cosas, si uno quiere poner el barco en lista 6ª y usarlo de vez en cuando, lo suyo es pagar el impuesto de matriculación, al fin y al cabo, el IVA te lo deduces directamente y el IM lo puedes deducir como gasto de la empresa.

E) Teniendo en cuenta que la recaudación por Impuesto de Matriculación es un asco en términos relativos y absolutos, mejor eliminarlo para fomentar el aumento de ventas y así incrementar recaudación por IVA derivado de ese aumento de ventas y de los servicios contratados por esos barcos.

F) El IM no hace más que distorsionar el mercado náutico tanto de embarcaciones nuevas como de segunda mano, al encarecer artificialmente el coste de adquisición (esto es aplicable a todo tipo de vehículos, y si no, ya me diréis por qué tanta gente compra vehículos de ocasión en países como Alemania).

G) ¿Por qué no se aplica a las embarcaciones la misma bonificación que a las autocaravanas?

H) ¿Por qué no se estudia la posible exención del IM a embarcaciones en función de sus emisiones de CO a la atmósfera por tiempo de funcionamiento, buscando una fórmula análoga a la que se aplica a los coches?

I) El motivo real por el que están dando tanta caña es el mismo por el que han cambiado el criterio del IVA aplicable a los amarres ... no hay un duro y la consigna es recaudar.

J) Si esto sigue así, el sector de la náutica de recreo en España se irá a la porra y los españolitos no podremos tener barcos, y tendremos que limitarnos a soñar con tener uno mientras los puertos deportivos se llenan de barcos cuyos armadores viven en países que entienden que ésto no es sólo para pijos, sino que constituye una actividad generadora de riqueza y digna de ser protegida y fomentada en todos los ámbitos. Lo han hecho con el tenis, el esquí, el golf ... ¿por qué no con la navegación? ...

K) Según me han comentado, estoy esperando pruebas documentales, el hermano de un Ministro de nuestro gobierno se pasea con un barcazo matriculado en un paraíso fiscal que no ha pagado ni el IVA ni el IM ... pero claro .. es quien es ... seguro que a este no le abren un expediente.

En fin, que no estoy a favor del fraude fiscal de ningún tipo, pero también pienso que la legislación española en esta materia no sólo no está armonizada con la del resto de la UE, sino que la AEAT ha experimentado una deriva en la que se trata al contribuyente no como tal, sino como a un criminal o delincuente en potencia que es culpable a priori.

Gracias por soportar el ladrillo, espero que me perdonéis el rollazo gracias a una ronda masiva de para poder recobrar el resuello ...Salud!!!
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