Re: Multa de 62.813€ para una empresa que alquila barcos
Siento discrepar con algunos cofrades... pero mi opinion es diferente porque tengo experiencias concretas ...
Conozco varios armadores en mi puerto, que tienen comprado el barco en lista sexta a nombre de una sociedad fantasma que han creado para ese fin. Los usan para su uso exclusivo durante sus periodos de vacaciones, y los alquilan unas cuantas veces al año exclusivamente para sufragrar los gastos de mantenimiento y para lavarse la cara frente a hacienda justificando esos alquileres. Lo han hecho bien porque la sociedad esta generalmente a nombre de la mujer.
Los casos son similares a los que se producen en otros sectores de la economia. Por ejemplo si montas una empresa no puedes cotizar en el Regimen General de la Seguridad Social, debes trabajar para ella como autonomo, salvo si tienes menos del 7% de participacion. Eso implica que si la empresa que tu has creado cierra, no tienes derecho al seguro de desempleo.
Si una empresa compra un vehiculo (no industrial) para uso de la empresa para un comercial solo puede desgravarse el 50% del IVA, y ademas el que conduce el vehiculo debe de declarar como pago en especie el disfrute del vehiculo para uso particular (normalmente se admite que 2/7 del los gastos del vehiculo se deben imputar como gasto personal).
Entonces porque un vehiculo dstinado al recereo debe de tener mejores condiciones impositivas que un vehiculo para una actividad economica declarada?
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