Cita:
Originalmente publicado por TXAKOLI
La deuda viene originada por una cancelación de un prestamo a nombre de la sociedad por parte del socio mayoritario (persona física).
1) IMporte del prestamo cancelado = importe total del reconocimiento deuda?
2) dación de la embarcación para cancelar la deuda?
3)Pagar i.t.p , sin factura sociedad con Iva?
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¿Y porqué no haces la factura directamente al socio, con el importe de ella pagas el préstamo y te dejas de complicaciones?.
Saludos.
