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Pirata pata palo
 
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Predeterminado Re: Vias y sentido de navegacion en el Estrecho de G.

Insisto con lo de Exmo. Capitán Pirata sin Per por ahora

(es que tengo los edos como butifarras de tirar de escotas)

en l aregla X del RIPA te explica lo de los sentidos de navegación, y se pueden ver en las cartas, en la del estrecho queda la mar de bonito.

Te pego un trozo de la regla ( que puedes consultar en el libro de Per de Isatso, que ahora está en formatoo pdf y gratis )

Regla 10
Dispositivos de separación del tráfico
a) La presente regla se aplica a los dispositivos de separación del tráfico
aprobados por la Organización y no exime a ningún buque de las obligaciones
contraídas en virtud de otras reglas.
b) Los buques que utilicen un dispositivo de separación del tráfico deberán:
iii) navegar en la vía de circulación apropiada, siguiendo la dirección
general de la corriente del tráfico indicada por dicha vía;
iii) en lo posible, mantener su rumbo fuera de la línea de separación o
de la zona de separación del tráfico;
iii) normalmente, al entrar en una vía de circulación o salir de ella, hacerlo
por sus extremos,pero al entrar o salir de dicha vía por uno u otro de sus límites laterales, hacerlo con el menor ángulo posible en
relación con la dirección general de la corriente del tráfico.
c) Siempre que puedan, los buques evitarán cruzar las vías de circulación,
pero cuando se vean obligados a ello lo harán siguiendo un rumbo que en la
medida de lo posible forme una perpendicular con la dirección general de la
corriente del tráfico.
d) ii) Los buques que puedan navegar con seguridad por la la vía de circulación
adecuada de un dispositivo de separación del tráfico no
utilizarán la zona de navegación costera adyacente. Sin embargo,
los buques de eslora inferior a 20 metros, los buques de vela y los
buques dedicados a la pesca podrán utilizar la zona de navegación
costera.
ii) No obstante lo dispuesto en el subpárrafo d)i), los buques podrán utilizar
una zona de navegación costera cuando estén en ruta hacia o
desde un puerto, una instalación o estructura mar adentro, una estación
de prácticos o cualquier otro lugar situado dentro de la zona de
navegación costera, o bien para evitar un peligro inmediato.

en un post anterior te da la dirección donde obtener los libros del Gobierno Vasco.

Saludos y suerte en el Per

Joan
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