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Antiguo 05-10-2010, 14:54
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Corsario
 
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Predeterminado Re: ¿Donde viene establecido que estemos obligados a matricular en España?

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Originalmente publicado por hulk Ver mensaje
Esto viene de otro hilo y creo que se ajusta aqui, asi que lo traspaso. La verdad , que es muy interesante el art. 139.2. de la Constitución, pero hace falta saber como se interpreta. No sabemos si puede incluir bienes comprados en el extranjero.

Art. 139.2.- Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directamente o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulacion de bienes en todo el territorio español.

Y mas teniendo en cuenta que la normativa europea dice casi lo mismo, asi que como nos lo comemos.

Algun entendido en derecho porfa, que me lo aclare. Gracias y copas gratis
En efecto, la libre circulación de bienes y personas consagrada, además de en nuestra constitución, en el propio tratado de la UE, al ampliar a los estados miembros esta libertad, no se ve menoscabada (como ha dicho el TC) por el pago de tributos (tasas, precios públicos o impuestos). Es decir, circulan pero pagando, escolti!!.
El Consejo Europeo, tiene la competencia de velar, para que dichos tributos , en general, estén armonizados en todos los Estados Miembros, Se trata de que resulte una carga tributaria parecida ( mejor dicho armonizada) porquer la realidad del IVA, IRPF, ISS etc. es bien diversa.
Lo que se persigue es que mediante los tributos no se introduzcan trabas a la libertad de circulación de personas y bienes.
Cada uno valorará si todo ello fiunciona como es debido.

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Vivimos todos, en este mundo, a bordo de un navío zarpado de un puerto que desconocemos hacia un puerto que ignoramos.
(Fernando Pessoa -1931)