Cita:
Originalmente publicado por hulk
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En efecto, la libre circulación de bienes y personas consagrada, además de en nuestra constitución, en el propio tratado de la UE, al ampliar a los estados miembros esta libertad, no se ve menoscabada (como ha dicho el TC) por el pago de tributos (tasas, precios públicos o impuestos). Es decir, circulan pero pagando, escolti!!

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El Consejo Europeo, tiene la competencia de velar, para que dichos tributos , en general, estén armonizados en todos los Estados Miembros, Se trata de que resulte una carga tributaria parecida ( mejor dicho armonizada) porquer la realidad del IVA, IRPF, ISS etc. es bien diversa.
Lo que se persigue es que mediante los tributos no se introduzcan trabas a la libertad de circulación de personas y bienes.
Cada uno valorará si todo ello fiunciona como es debido.

