No se ni donde, ni como, se puede prohibir el vivir abordo.
Si llegas a un puerto con tu barco, te inscribes, te dan la llave de los servicios, te facilitan agua y electricidad, etc.... se entiende que te vas a quedar a dormir en el barco. Además de que los barcos de cierta eslora, están hechos para habitarlos. ¿Donde prohiben que hagas vacaciones en tu barco y duermas en los puertos?. No lo he visto en ningún sitio. Si no estubiese permitido, la náutica perdería mucho atractivo. Y no digo nada de los puertos: tendrías que fondear todas las noches. Quedarían solo para abastecernos de combustible y poco más.
Entonces. ¿porqué no podemos hacer vacaciones todo el año?. O lo que es lo mismo: ¿Como que no vamos a poder vivir en el barco?. Es similar a los que viven en un Camping, con su caravana; o los que van a un hotel y tienen su habitación permanentemente.
Otro tema distinto es el del empadronamiento, que te lo acepten como domicilio permanente, pues no va implícito en su caracter. Pero mientras pagues tus cuotas, no veo motivo legal por el que te puedan lanzar del barco, de la caravana, de la habitación de hotel, etc....
Saludos.
