Simplemente de comentare que estoy acostumbrado al traspaso de coches, y en normalmente se hacen dos ( el oficial para hacienda y privado con el importe real) contratos cuando hay importes diferentes entre las bases de hacienda y el precio acordado te explico:
Utilizando las bases de hacienda, no te giraran complementaria ni nada por el estilo, aqui en canarias el programa delmodelo 620 te imprime tambien un contrato donde queda reflejado el acuerdo entre las partes, este contrato es el que debes usar ( siempre y cuando el importe de las bases sea inferior al precio acordado), el beneficio no es solo para ti, al tener que pagara menos a la hacienda publica sino para en vender que a pesar de tener perdida patrimonial, obtiene beneficio economico osea ingresos extraordinarios que tendra que declarar a hacienda en el irpf correspondiente al ejercicio de devengo.
Espero haberte ayudado
Un saludo y muchas




Pd: la diferencia entre el precio de compra venta y el declaro se entiende de cara a lo legal que no existe.