Cita:
Originalmente publicado por edurogar
Eso sería cierto si obtiene beneficio por la venta; es decir, si lo vende por más de lo que lo compró. Pero me da a mí que eso no ocurre en el 99,9% de los casos. Si no hay beneficio en la venta (que es lo habitual), no hay ningún ingreso extraordinario, y nada tiene que declarar.
Por lo tanto, el vendedor no se ahorra nada se ponga el valor que se ponga en el contrato de compraventa en el 99,9% de los casos.
Saludos

|
En esa situacion cierto es lo que usted dice, pero de ello no quita comentarlo hablarlo etc etc etc......por que sirve de conocimiento para el resto de los cofrades...Taberneroooo una de pulpos y unas



