Puede que una cosa sea, embarcaciones de recreo a efectos del título con el que manejarlas (máximo 24 para los nuestros) y otra a la hora de matricularlas en lista 7ª, donde si tengan cabida esloras mayores, al no dedicarse, ni estar diseñadas, para actividades comerciales y si a actividades privadas de ese ambito.
Estaremos atentos a las pesquisas de Jaime.
Saludos.
