Cita:
Originalmente publicado por Pámpano
Tendrán que ser los CBR?. 
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Pues no se porqué, pero me da que si.
Textualmente la tarjeta de Capitán de Yate dice:
"ATRIBUCIONES: Gobierno de embarcaciones de recreo, a motor o a motor y vela, sin limitación alguna, cualquiera que sea la potencia del motor y las caracteristicas de la embarcación. Sin embargo,
las que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de seguridad especificamente establecidas para las mismas."
Hace mención esplícitamente a una eslora superior a 24 metros; por lo que se deduce que se pueden capitanear. Eso si, ajustándose a la normativa; como no!.
Saludos.
