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Antiguo 16-11-2010, 16:37
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Jadarvi Jadarvi esta desconectado
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Predeterminado Re: Gastos REALES de compra 2ª mano en Francia

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Originalmente publicado por 3er cuadrante Ver mensaje
Kafkiano. No necesitas matricular (eslora inferior a 12 m.) pero SÍ pagar el impuesto de MATRICULACIÓN. A eso le llamo yo retorcer la realidad para sacar cuartos, que no recaudar. ¿Es esto legal ?
Aquí lo que ocurre es que hay dos normas de distinto tipo:

A) El nuevo RD de abanderamiento, que establece un régimen de inscripción simplificado para barcos de hasta 12 m que no vayan a salir de aguas territoriales. Estamos ante una norma de tipo administrativo que regula el registro de las embarcaciones.

b) La Ley de Impuestos Especiales que establece que toda embarcación de más de 8 m de eslora tiene que pagar el Impuesto de Matriculación, que es de carácter fiscal.

Así, y dado que una Ley es una norma de rango superior a un Real Decreto, éste no puede modificar lo dispuesto por aquélla, máxime teniendo en cuenta que regulan dos temas totalmente distintos como son el procedimiento para que el barco tenga bandera española (no olvides que con el régimen simplificado de inscripción el barco recibirá igualmente un número de registro que lucirá en sus amuras y deberá izar el pabellón español) y, por otra parte, lso impuestos que afectan a la adquisición de una embarcación.

salud!!
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Jadarvi
3er cuadrante (16-11-2010)