Este párrafo está extraído de:
EL CONTRATO DE SEGURO
MARÍTIMO EN LA PROPUESTA
DE ANTEPROYECTO DE LEY GENERAL
DE LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA
T
OMÁS FERNÁNDEZ-QUIRÓS y JULIO LÓPEZ QUIROGA
Abogados .
...
Además, y conforme al artículo 451 del A
LGENMAR,
se excluye de la cobertura aseguraticia (sin que,según se infiera de la dicción del precepto, sea posible pacto en contrario y no obstante las particularidades que, para el contrato de seguro de buque se
establecen en el artículo 476 del ALGENMAR) aquellos daños causados por el vicio propio o la naturaleza intrínseca del bien (exclusión referida, en distintos términos, en el artículo 756.6.º del Código de
Comercio) y también (aunque, en este caso sí resulte
posible su aseguramiento si así se pactare expresamente)
aquellos causados por el uso y desgaste
natural de dicho objeto.
...
Si quereis leer completo el artículo, aquí está el enlace:
www.uria.com/esp/actualidad_juridica/n15-E/art08.pdf
Opinar no es gratis, hay que invitar a unas rondas o similar, no perdamos las buenas formas.
¡Hombre! no me digas que el Stix no tiene lugar en el debate, que me j.. el hilo.
Precisamente, se trata de llegar a la conclusión de que efectivamente, no podría emplearlo el asegurador como argucia legal para invalidar una póliza tras un sinieestro,... o si, considerándolo como vicio propio oculto.
