Veamos:
¿la Administración a otorgado al barco categoría de navegación "A"? ¿Si?, pues el STIX es mayor de 32. Una vez certificado esto ya no hay problema posible por este lado.
Otra cosa es que se hayan realizado modificaciones en sus características iniciales (si llegaba justito a "A", ¿que pasa si instalamos una cubierta de teka?) o que el barco no esté en buen estado...
Sobre los seguros (aparte del tema de acertar con el agente y la compañia) el problema grande es otro: Si sencillamente se llevan el barco del puerto la compañía no paga.

La cobertura es de robo, y si alguien sube a bordo, suelta amarras e iza velas, no es un robo, es un hurto. Y no está cubierto.
Si luego revientan el tambucho, es un acto posterior, y ya no altera la situación.
De todas formas alegarán haberlo hecho ya navegando (sea cierto o no) pues la pena es menor. En todo caso tu no cobras.

Durante un tiempo, algunos propietarios dejaban una cadena al muelle con candados al barco: si cortan o rompen algo para llevarselo, no es hurto, ya es robo.

Pero en casos de mal tiempo los marineros no podian amollar las amarras al muelle ni tesar las del muerto, y ahora está la cadenita "pro-robo"

(pues no es para que no lo roben, sino para que si se lo llevan, pueda ser considerado robo y no hurto) está prohibida en la mayor parte de los puertos.
¿Alguien sabe si hay forma de cubrir esta circunstancia?
