Cita:
Originalmente publicado por Aunlargo
Sigue habiendo ITB. El nuevo RD modifica varios apartados del RD 1434/1999 referentes a la ITB, pero no modifica el siguiente:
B) Reconocimientos periódicos. Las embarcaciones de eslora mayor o igual a 6 metros ymenor de 24 metros, registradas en la lista 7.a, de acuerdo con la normativa vigente sobre registro y abanderamiento de buques, estarán sujetas a reconocimientos periódicos cada cinco años como máximo

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Buenas. Me suena raro que quiten la ITB, pero aun tengo mis dudas al leer estos párrafos. En el que citas hablá de la obligación de pasar las inspecciones periódicas en las embarcaciones de la lista 7ª. Las preguntas: si en vez de matricular optas por registrar el barco, ¿perteneces a la lista 7ª? ¿sigues teniendo obligación de inspeccionar periódicamente?
AY AY AY... que poco claritas son las redacciones de nuestras leyes...
Saludos y
