Hola CAPITANALATRISTE:
¿Eres amigo del cofrade DECIMO?. Es que esta tarde hemos hablado de un caso similar al que planteas.
Si no admiten que te alquile o ceda el amarre, se puede plantear desde la perspectiva contraria: tu le alquilas la embarcación y el la atraca en su amarre. ¿O tampoco puede el propietario atracar con una embarcación alquilada?.
Y si esto no funciona, hacéis un contrato de compra-venta y les decís a los del puerto que estáis en tramite con los papales. Y ya se sabe com es de lenta la administración.
Suerte. Saludos.
