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Antiguo 27-11-2010, 19:09
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Casteleiro Casteleiro esta desconectado
Pirata
 
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Predeterminado Re: Real Decreto 1435/2010, sobre abanderamiento y matriculación

Cita:
Originalmente publicado por soysusito Ver mensaje
... con itb en vigor hasta el 2013, he cambiado el titular y el nombre de la embarcación en Capitanía. ¿Tendría que pedir un certificado de navagabilidad nuevo ahora que ya esta a mi nombre el barco?
El caso es que no tengo el barco acorde al RD de comunicaciones ( mmsi-leb-vhf-dsc...) pues en la ITB de 2008 aceptaron la emisora homologada que lleva.
El barco esta en zona 4 y si tengo que pedir nuevo certificado tendré que bajar a zona 5. Sería posible esperar a enero y tramitar con la nueva legislación de abanderamiento sin pedir nuevo Cert. de navegabilidad? gracias
Pero por qué le sigues dando vueltas a tu situación? No tienes que hacer nada hasta el 2013; y de aquí hasta entonces todo este asunto estará más que aclarado y cuando te corresponda pasar la próxima ITB te dirán lo que tienes que hacer. Álegrate, tienes suerte, no tienes que hacer nada, ... bueno, si. .
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