Cita:
Originalmente publicado por Choquero
Amoavé, yo so socio y amarro en una Asociación Deportiva y se nos aplica el tipo de IVA al 0%, pero hace unos años, tuve mi barco durante unos meses en la marina seca de Mazagón, perteneciente a la EPPA, ahora APPA. Mi pregunta es si los servicios prestados por la EPPA, en este caso estancia en marina seca, son o pueden ser motivo de reclamación. Tendría que buscar las facturas, que no sé a ciencia cierta si las conservo.
Gracias.

|
Apreciado Choquero,
Son reclamables las cantidades soportadas indebidamente, siempre que te encuentres dentro de los plazos establecidos por la ley. En base al principio de igualdad del Aº 14 de la CE, el plazo para haceinda reclamarte ¿no son 4 largísimos años?, pues para tu reclamar en principio también. Después están los plazos procesales del procedimiento administrativo, pero ya me estoy enrollando.... Mira si tienes las facturas, mira si la cantidad no es la de un aperitivo y entonces me mandas por privado tu mail y vemos las facturas y la reclamación posible, nen
venga... buenas noches

