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Antiguo 10-12-2010, 21:36
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Corsario
 
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Predeterminado Re: Español + Barco Belga - Titulos

Unas , de inicio un barco con pabellon no español esta sujeto a las leyes de dicho pais, y cuando esta en aguas territoriales españolas las antiguas 12 millas (la extensión a las 200 millas es más a efectos económicos de recursos pesqueros, petroleo etc) hay legislación española tambien aplicable, por ejemplo un barco extrangero si entra en puerto español tiene que presentar un seguro obligatorio similar al español. El español que gobierne el barco extrangero debera estar acompañado por el propietario del barco o si el es el propietario ser residente fuera de España. Esto hasta hace poco tiempo no era cierto y habían propietarios de barcos incluso abanderados en España que tenía títulos extrangeros, estos títulos recibían un permiso temporal en las capitanias por un preiodo de tiempo, priemro fueron 5 años, luego 1 despues 3 meses y últimamente no dan permisos.
Conclusiones, con un título extrangero actualmente un español residente en España no puede gobernar su propio barco en aguas territoriales, sea el pabellon que sea.
Otra cosa es que SI esta permitido a un español gobernar con un título extrangero un barco de charter en aguas españolas.
Los barcos extrangeros tienen un tiempo en el que pueden estar en esapña sin problemas, creo que es de 6 meses, despues tienes que sacarlos o cambiar de bandera. El residente extrangero lo puede gobernar sin mayor problema, cumplidos los 6 meses, te vas a un puerto recalas una noche y tienes otros 6 meses más.
Hay una modificación actualmente en el abanderamiento de los barcos españoles, hay conceptos que a veces llevan a error, todos los barcos españoles deben de enarbolar el pabellon español, otra cosa es la matriculación, abanderamiento, certificado de navegación despacho rol y otras tantas cosas, el nuevo decreto a eliminado muchas de estas burrocracias para las embarcaciones de recreo de pequeña eslora pero no el enarbolar el pabellon.

Buena mar.
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