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Antiguo 20-12-2010, 16:15
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Benito Soto piratagallego
 
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Predeterminado Re: Leasing y abanderamiento

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Originalmente publicado por akm1001 Ver mensaje
Quería matizar que el IVA a aplicar sería el francés, si el sujeto pasivo es residente en España y no tiene número de IVA intracomunitario. En el caso de estar de alta en el número de IVA intracomunitario, se le aplicaría entonces el IVA español.
Creo que estás confundido. El IVA a aplicar será en el pais donde tenga domicilio el titular. Si eres español, con DNI español, pagaras IVA español. Te lo digo porque el año pasado estuve estudiando pagar el barco con esta forma y me lo estudié y estaba claro lo que iba a pasar, lo que no sabía era cuando y a esto te ha contestado Nelson que será a partir de 2013 para particulares.

Rafa
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