Re: ¿se puede prohibir reparar su barco en el dique seco a particulares?
Hola a todos:
No creo que la normativa de riesgos laborale sea aplicable a una persona que arregla su propio barco.
La Ley de Prevencion de Riesgos Laborales se aplica en el ambito de las relaciones laborales y situaciones similares (Relacion administrativa del personal de las administracionbes públicas, socios en las cooperativas, trabajadores autónomos)
Lo que desde hace tiempo se viene prohibiendo en algunos puertos, es el trabajo de personas ajenas al propietario del barco, que hacen trabajos de mantenimiento y reparación, cobrando por ello y sin estar legalmente establecidos (Alta en Hacienda, S.Social, etc).
En algunos puertos, en los que hay talleres ubicados dentro del recinto portuario y que abonan el correspondiente canon por trabajar dentro de las instalaciones del puerto, se exige a los trabajadores y empresas "externas" que quieran trabajar dentro de las instalaciones del puerto, el pago de un canon para permitirles trabajar dentro de las instalaciones.
Sobre todo, el que quiera bricolajear en su propio barco, debería antes de nada leer su contrato, para ver si establece algún tipo de limitación en este sentido.
Si el contrato no lo prohibe:
1º.- No ir a preguntar si nos permiten trabajar o no.
2º.- Si nos vienen a decir que no podemos trabajar en nuenstro propio barco, pedir que nos comuniquen por escrito la prohibición y los motivos.
A la vista de lo que nos comuniquen ya veremos como actuar.
Saludos.
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