Si la embarcación está en lista 6ª quiere decir que petenece a una sociedad o a un empresario, salvo que se haya perdido la condición de tal, por haber disuelto la sociedad, o haberse dado de baja de las actividades que en su día debieron demostrar (dando de alta en el censo de empresas - empresarios IAE - IVA), por tanto el propietario debe de facturar el precio y el IVA, y con esa factura tramitar el cambio de propietario y si se quiere el cambio de lista.
El IVA, que en su día se dedujo el empresario o empresa, debe de volver ha ingresarse a Hacienda.
Solo cabe la posibilidad de no pagar el IVA en caso indicado de disolución de la sociedad o baja de empresario, entonces si que se debe de liquidar por impuesto de transmisiones.
Tener en cuenta siempre las valoraciones que publica cada año en el BOE de los valores estimados de vehiculos y embarcaciones para valorar el correspondiente impuesto ya que podría sr objeto de inspección en caso de que hubieran grandes diferencias entre lo declarado y esa valoración.
