Cita:
Originalmente publicado por apudos
tabernero unas cervezas para la tropa  .pues eso que ando hecho un lio con la nueva normativa.si no hay que matricular embarcaciones inferiores a 12 metros.el cambio de nombre hay que hacerlo,o solo registrar el barco en capitania?.por consiguiente si ya no es necesario el certificado de navegabilidad.se han de pasar las itb.bueno a ver si hay alguien que me lo pueda aclarar  .un saludo 
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El barco se puede inscribir ó matricular,pero el tema de la ITB,queda exactamente igual que antes .